banknorden.
España
Comparador de préstamos en España

ASNEF: qué es este fichero de morosos y qué reglas lo limitan

Quién gestiona ASNEF, qué empresas pueden apuntarte, qué condiciones fija la ley y qué puedes hacer si apareces en él.

ASNEF en cifras y reglas

Quién lo gestiona Equifax (ASNEF-EQUIFAX, según la AEPD)
Deuda mínima 50 € de principal (disposición adicional sexta LOPDGDD)
Tiempo máximo 5 años desde el vencimiento de la deuda
Si pagas Los datos deben suprimirse de inmediato
Consultar tus datos Gratis, ante la propia Equifax
Contenido
  1. Qué es ASNEF
  2. Quién aporta los datos y quién puede consultarlos
  3. Cuándo es legal que te incluyan en ASNEF
  4. El aviso de Equifax y el bloqueo de 30 días
  5. Cuánto tiempo puedes estar en ASNEF
  6. Qué consecuencias tiene aparecer en el fichero
  7. Tus derechos frente a ASNEF
  8. Anotaciones que merece la pena revisar
  9. ASNEF no es la CIRBE
  10. Si tienes deudas que no puedes pagar

Qué es ASNEF

ASNEF es el fichero de morosos más conocido de España. Técnicamente es un sistema de información crediticia: una base de datos en la que las empresas acreedoras anotan deudas que sus clientes no han pagado, para que otras empresas del sistema puedan tenerlas en cuenta antes de prestar dinero o dar un servicio a plazos. Cuando alguien dice "estoy en ASNEF", quiere decir que una empresa ha comunicado a ese fichero una deuda suya pendiente.

El fichero lo gestiona Equifax. La propia Equifax lo describe como un fichero "gestionado por Equifax y respaldado por la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito", que es de donde viene el nombre. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) lo cita como ASNEF-EQUIFAX, Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L., y lo incluye entre los ficheros de morosos más comunes junto con el de Experian (BADEXCUG). Si quieres ver cómo encaja ASNEF entre los demás registros, tienes una comparativa en nuestra guía de ficheros de morosos.

Quién aporta los datos y quién puede consultarlos

ASNEF no lo rellena un organismo público. Lo alimentan las empresas que participan en él: según Equifax, entidades de crédito, aseguradoras, compañías de telecomunicaciones, suministros (luz, gas, agua) y empresas de otros sectores. Por eso es habitual que una factura de móvil o de luz sin pagar acabe en el fichero, no solo un préstamo.

Equifax indica que el fichero recoge el importe de la deuda, la fecha de alta, el producto al que se refiere y la situación de la reclamación, y que se actualiza a diario. También señala que incluye tanto a personas como a empresas. Esta guía se centra en los particulares, que es el caso que regula el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Si tu duda es sobre la deuda de una sociedad, conviene que la revises con un profesional.

No cualquiera puede mirar si estás en ASNEF. La ley solo permite consultar el fichero a quien mantiene una relación contractual contigo que implique un pago aplazado, o a quien le has pedido financiación o un servicio que se paga después. Una empresa con la que no tienes nada que ver no debería consultarlo.

La LOPDGDD no prohíbe estos ficheros, pero fija condiciones. El artículo 20.1 presume lícita la inclusión solo si se cumplen todas estas a la vez:

  • Los datos los aporta el acreedor (o alguien que actúe por su cuenta), no un tercero cualquiera.
  • La deuda es cierta, vencida y exigible. Además, no puede estar reclamada en vía administrativa o judicial, ni en un procedimiento de resolución de disputas vinculante.
  • Te avisaron antes. El acreedor debe haberte informado de que podía incluirte, en el contrato o al reclamarte el pago, indicando en qué sistemas participa.
  • Se respeta el plazo máximo de cinco años.
  • Solo consulta quien tiene motivo: una relación contigo o una solicitud de financiación tuya.

La AEPD añade un requisito en sus preguntas frecuentes: el acreedor debe haberte requerido el pago antes de comunicar tus datos al fichero. Es su criterio de interpretación; el texto del artículo 20 no usa esa expresión literal, pero es lo que la Agencia aplica cuando revisa reclamaciones.

Hay además un límite de importe: según la disposición adicional sexta de la LOPDGDD, no se incorporan a estos ficheros las deudas cuyo principal sea inferior a 50 euros. El Gobierno puede actualizar esa cifra por real decreto. Ojo: es la disposición adicional sexta, no el artículo 20, aunque muchas webs lo citen mal.

El aviso de Equifax y el bloqueo de 30 días

Cuando una empresa comunica tu deuda, la entidad que gestiona el fichero debe notificarte la inclusión e informarte de tus derechos. Esa carta suele llevar un número de referencia, que te servirá después para consultar tus datos. Según el artículo 20.1.c, los datos quedan bloqueados durante los 30 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema. Ese margen sirve, en la práctica, para pagar o para reclamar si la deuda no es tuya o no es correcta.

Si nunca recibiste esa carta, no significa que no estés dentro: puede haberse enviado a una dirección antigua. Lo más seguro es comprobarlo directamente; en nuestra guía cómo saber si estoy en el ASNEF explicamos paso a paso cómo pedir tus datos sin pagar nada.

Cuánto tiempo puedes estar en ASNEF

Los datos solo pueden seguir en el fichero mientras dure el impago, y como máximo cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación (artículo 20.1.d). No son seis años ni "hasta que prescriba la deuda": el límite del fichero es de cinco años, aunque la deuda en sí pueda seguir reclamándose por otras vías.

Si pagas, la regla cambia: el pago obliga a suprimir los datos de inmediato. La AEPD lo confirma en sus preguntas frecuentes sobre el tiempo de permanencia. Qué hacer si la empresa no lo comunica, o si la anotación es incorrecta, lo tienes en la guía para salir de ASNEF.

Qué consecuencias tiene aparecer en el fichero

Estar en ASNEF no es una multa ni un antecedente penal, y no te impide abrir una cuenta de nómina. Sus efectos son económicos y prácticos:

  • Más dificultad para obtener crédito. Antes de firmar un préstamo, el prestamista tiene que evaluar tu solvencia y puede consultar los ficheros (artículo 14.1 de la Ley 16/2011). Una anotación en ASNEF pesa mucho en esa evaluación.
  • Problemas con contratos a plazos. Financiar un móvil, contratar una línea con permanencia o comprar a plazos en una tienda puede depender de la consulta al fichero.
  • Derecho a saber por qué te dicen que no. Si te deniegan un crédito por lo que aparece en un fichero, quien consultó debe informarte del resultado y del fichero consultado, de inmediato y sin coste (artículo 15.2 de la Ley 16/2011 y artículo 20.1.f de la LOPDGDD).

Algunas entidades estudian solicitudes de personas que figuran en ficheros, pero ninguna puede garantizar la aprobación y el coste suele ser alto. Si estás valorando esa vía, lee antes nuestra guía sobre préstamos con ASNEF: un préstamo nuevo no te saca del fichero y puede hacer crecer la deuda.

Tus derechos frente a ASNEF

Tus datos en ASNEF son datos personales, así que tienes los derechos del Reglamento General de Protección de Datos. Los principales:

  • Acceso: saber si figuras, qué deuda aparece, quién la comunicó y quién la ha consultado.
  • Rectificación: corregir un importe o una fecha que no son correctos.
  • Supresión: que se borren datos que no deberían estar, por ejemplo una deuda pagada, de menos de 50 € de principal o con más de cinco años.

Ejercer estos derechos es gratuito (artículo 12.5 del RGPD), salvo solicitudes manifiestamente infundadas o excesivas. Equifax ofrece para ello un servicio propio en su web, eDerechos, que también describe como gratuito. Desconfía de las páginas que cobran por "consultar ASNEF": hacen algo que puedes hacer tú sin coste.

Recuerda que el acreedor y Equifax son corresponsables del tratamiento, y que el acreedor responde de que la deuda exista y sea exacta (artículo 20.2). Si la entidad no te responde en el plazo de un mes, o la respuesta no te convence, puedes presentar una reclamación ante la AEPD, siempre que antes hayas ejercido el derecho ante la entidad.

Anotaciones que merece la pena revisar

Con las reglas anteriores en la mano, hay situaciones en las que una anotación en ASNEF tiene un punto débil. No significa que vaya a borrarse sin más, pero sí que conviene revisarla con calma:

  • Una factura que discutiste con la empresa y que estaba reclamada en un procedimiento cuando te incluyeron.
  • Una deuda de la que nadie te pidió el pago antes de comunicarla al fichero.
  • Un importe de principal por debajo de 50 €, aunque con recargos parezca mayor.
  • Una deuda que pagaste y que sigue apareciendo semanas después.
  • Una deuda que no reconoces, por ejemplo un contrato que alguien firmó suplantando tu identidad.

En todos estos casos, el primer paso es el mismo: pedir tus datos y guardar cualquier documento que tengas (contrato, facturas, justificantes de pago, correos con la empresa).

ASNEF no es la CIRBE

Se confunden a menudo, pero son cosas distintas. ASNEF es un fichero privado de impagos. La CIRBE es la Central de Información de Riesgos del Banco de España y recoge los préstamos, créditos y avales que declaran las entidades, estén al corriente o no. El propio Banco de España insiste en que "la CIRBE no es un registro de morosos". Si quieres saber qué ve un banco de tus deudas vigentes, lee nuestra guía de la CIRBE.

Si tienes deudas que no puedes pagar

Estar en ASNEF suele ser el síntoma, no el problema. Antes de pedir más dinero, habla con el acreedor para pactar un plan de pagos, y busca orientación gratuita en la oficina municipal de información al consumidor (OMIC) o en una asociación de consumidores. Si las deudas son varias, compara si agruparlas reduce el coste total con nuestra guía de reunificación de deudas. Y si la situación no tiene salida, infórmate sobre la Ley de Segunda Oportunidad con un profesional.

Preguntas frecuentes sobre ASNEF

¿Qué significa ASNEF?
El nombre viene de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, que según Equifax respalda el fichero. Quien lo gestiona es Equifax. En la práctica, "ASNEF" se usa para hablar del fichero de morosos al que las empresas comunican deudas impagadas de sus clientes.
¿Me pueden meter en ASNEF por una deuda de 30 euros?
No. La disposición adicional sexta de la LOPDGDD dice que no se incorporan a los ficheros de morosos las deudas cuyo principal sea inferior a 50 euros. Si te han incluido por menos, puedes pedir la supresión a Equifax y, si no te atienden, reclamar ante la AEPD.
¿Cuánto tiempo dura una anotación en ASNEF?
Mientras la deuda siga impagada, con un máximo de cinco años desde su vencimiento. Si la pagas, los datos deben suprimirse de inmediato. Pasado el límite de cinco años, la anotación no puede seguir en el fichero aunque la deuda continúe sin pagar.
¿Tienen que avisarme antes de incluirme?
Sí. El acreedor debe haberte informado de la posible inclusión en el contrato o al reclamarte el pago, y según la AEPD debe haberte requerido el pago antes. Después, la entidad del fichero debe notificarte la inclusión e informarte de tus derechos.
¿Cualquier empresa puede ver si estoy en ASNEF?
No. Solo puede consultar el fichero quien tiene contigo una relación contractual con pago aplazado o a quien has pedido financiación o un servicio que se paga después. Además, Equifax indica que solo acceden las empresas que participan en el fichero.
¿Cuesta dinero saber si estoy en ASNEF?
No. El derecho de acceso es gratuito según el artículo 12.5 del RGPD, y Equifax ofrece su servicio eDerechos sin coste. No necesitas pagar a ninguna web intermediaria para conocer tus datos.

Fuentes

  1. BOE – Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), art. 20 y disposición adicional sexta
  2. AEPD – ¿Qué requisitos son necesarios para incluir a una persona física en un fichero de solvencia?
  3. AEPD – ¿Cuánto tiempo puedo estar incluido en un fichero de solvencia?
  4. Equifax – Fichero ASNEF
  5. Equifax – Consumidores: derechos de acceso, rectificación y supresión
  6. BOE – Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo, arts. 14 y 15
  7. Banco de España – Portal del Cliente Bancario: CIRBE
  8. clientebancario.bde.es
  9. aepd.es

Utilizamos principalmente fuentes oficiales y de acceso público. Las normas y condiciones pueden cambiar: comprueba siempre la información vigente con la autoridad o con la entidad.

Escrito por

Redacción de Banknorden

Equipo editorial

Revisado por Steffen Lauenborg , Fundador y editor responsable

Última actualización