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Qué vías de financiación tiene un autónomo, cómo demostrar tus ingresos con documentos oficiales y qué cambia cuando el préstamo es para tu negocio.
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Ahora mismo no tenemos ofertas específicas para esto. Mientras tanto, puedes comparar otras ofertas de préstamo.
Actualizado 24 de octubre de 2026
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Ejemplo: préstamo de 300 € a 30 días, TAE 0 %, total a devolver 300 €. En siguientes préstamos, TAE desde 2.000 % hasta máx. 3.752 %.
Ejemplo: préstamo de 300 € a 30 días, TAE 0 %, total a devolver 300 € (primer préstamo).
Ejemplo: préstamo de 500 € a 3 meses, TAE 0 %, total a devolver 500 € (primer préstamo).
Ejemplo: préstamo de 5.000 € a devolver en 36 meses, TAE 18 %. Cuota mensual aproximada 180 €. Total a devolver 6.480 €.
Ejemplo: Por un préstamo de 1000€ para ser pagado en 12 meses, se devolverá un total de 1.353,89€ T.A.E. 79,6%
Ejemplo: Para un préstamo de 300€ para devolución en 67 días, los costos serán de 0€, el importe total a devolver será de 300€ con una TAE de 0%.
Ejemplo: Préstamo de 10.000 € a 60 meses con un TIN del 6,95 % y TAE del 7,18 %. Cuota mensual: 197,83 €. Importe total adeudado: 11.869,80 €.
Ejemplo: Préstamo de 300 € a devolver en 3 meses, con coste total 0 €. Importe total a devolver: 300 €. TAE 0 % (primer préstamo).
Ejemplo: préstamo de 500 € a devolver en 3 meses, TAE 0 %, total a devolver 500 € (primer préstamo)
Ejemplo: un crédito de 5.000 € a devolver en 60 meses. Interés fijo anual 4 % TIN (4,12 % TAE). Cuota mensual 92,08 €. Total a devolver 5.524,96 €. Sin comisiones de apertura, estudio o cancelación. Plazo 3–96 meses. TAE desde 4 % hasta máximo 289 %.
Ejemplo: préstamo de 300 € a 30 días, TAE 0 %, total a devolver 300 € (primer préstamo).
Los préstamos para autónomos no son un producto único. Según para qué necesites el dinero y durante cuánto tiempo, encaja mejor una vía u otra:
También existen prestamistas online que financian a empresas y autónomos. Antes de solicitar, comprueba quién es la entidad y si figura en los registros del Banco de España: la concesión de créditos no es una actividad reservada a entidades supervisadas, así que no todos lo están.
Esta diferencia tiene consecuencias legales. La Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo define al consumidor como la persona física que actúa con fines que están al margen de su actividad comercial o profesional. Si pides el préstamo como autónomo para tu negocio, no actúas como consumidor y esa ley no se aplica a la operación.
En la práctica, eso significa que no puedes contar con las protecciones que la ley da a los consumidores, como la Información normalizada europea antes de firmar, el derecho a desistir en 14 días naturales o los límites a la compensación por devolver el préstamo antes de tiempo. Lo que valga para tu contrato dependerá de lo que diga el propio contrato y de las normas generales. Léelo con calma y pregunta por escrito lo que no esté claro, en especial las comisiones, el tipo de interés y las garantías.
Si mezclas usos (parte para el negocio y parte personal), separa las operaciones siempre que puedas. Te facilita la contabilidad y deja claro qué régimen se aplica a cada préstamo.
El ICO ha renovado para 2026 sus Líneas de Mediación, dirigidas a autónomos, emprendedores y empresas. El ICO no presta directamente: las líneas se tramitan en bancos y cooperativas de crédito, que estudian cada operación con sus propios criterios de riesgo, deciden y fijan las garantías. Si una entidad te la rechaza, puedes presentar la solicitud en otra.
Según la ficha de la línea ICO Empresas y Emprendedores para 2026, financia proyectos de inversión, actividades empresariales y necesidades de liquidez, en forma de préstamo, leasing, renting o línea de crédito, con plazos de 1 a 20 años y hasta 3 años de carencia de principal. El interés más la comisión inicial no pueden superar la TAE máxima que publica el ICO. Todo el detalle, en nuestra guía de préstamos ICO.
Sin nómina, tienes que demostrar tus ingresos con otros papeles. Cada entidad decide qué documentación pide y no hay una lista oficial común, así que pregunta antes. Lo que sí puedes tener preparado son los documentos oficiales que ya presentas a Hacienda y que reflejan tu actividad:
Los descargas desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria si los presentaste por internet. Ten en cuenta que estos documentos los ve la entidad tal cual: si tus ingresos declarados son bajos o muy irregulares, la entidad lo tendrá en cuenta al decidir cuánto puede prestarte.
Una buena práctica antes de pedir financiación es solicitar tu informe de la CIRBE. No cuesta nada: lo solicitas en línea al Banco de España identificándote con Cl@ve o con tu certificado electrónico. Recoge los préstamos, créditos y avales que las entidades declarantes tienen contigo, que es lo mismo que verá el banco. La CIRBE no es un registro de morosos, pero si hay un error, puedes pedir a la entidad que lo declaró que lo rectifique. Lo explicamos en qué es la CIRBE.
Dos situaciones ilustrativas, con tipos supuestos y sin contar comisiones, para ver qué producto encaja en cada caso:
Una inversión concreta. Necesitas 20.000 € para una furgoneta y te ofrecen un TIN del 6,5 % a 5 años. Con la fórmula de cuotas constantes c = P·i / (1 − (1 + i) elevado a −n), con i = 0,065/12 y n = 60, la cuota es de unos 391,32 € al mes. En total devuelves unos 23.479 €, de los que unos 3.479 € son intereses. Aquí encaja un préstamo, porque sabes cuánto necesitas y la inversión dura años.
Un desfase de tesorería. Tus clientes te pagan a 60 días y durante unos meses necesitas hasta 10.000 €, aunque de media usas unos 4.000 €. Con una póliza al 8 % nominal pagarías intereses sobre lo dispuesto: unos 4.000 × 0,08 = 320 € en un año. Si en su lugar tuvieras 10.000 € prestados todo el año al mismo tipo, los intereses rondarían los 800 €. A la póliza hay que sumarle sus comisiones, que conviene pedir por escrito antes de comparar.
Para hacer tus cuentas con otras cifras, usa el simulador de préstamo personal: la cuota se calcula igual aunque el préstamo sea para tu actividad.
Si la situación ya no tiene arreglo, la Ley de Segunda Oportunidad permite a cualquier persona física, sea o no empresaria, pedir la exoneración de deudas si es deudora de buena fe, con requisitos y un procedimiento judicial con abogado y procurador. Más información en Ley de Segunda Oportunidad.
Utilizamos principalmente fuentes oficiales y de acceso público. Las normas y condiciones pueden cambiar: comprueba siempre la información vigente con la autoridad o con la entidad.